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Toda sucursal de sociedad extranjera tiene la obligación de renovar anualmente su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio. La renovación deberá realizarse dentro de los 3 primeros meses de cada año, es decir, a más tardar el 31 de marzo de 2022.
Debe presentarse ante la Superintendencia de Sociedades la siguiente información:
2.1. Estados Financieros
Ésta es una obligación de las Sucursales de Sociedad Extranjera sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades, y también, de las Sucursales de Sociedad Extranjera que estén bajo inspección de la Superintendencia de Sociedades, si son requeridas directamente por esa entidad.
(Para ver las fechas máximas de presentar los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2021, haz clic aquí).
2.2. Estados Financieros Consolidados
Ésta es una obligación de las sucursales sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades. También, de las sociedades bajo inspección de la Superintendencia de Sociedades, si son requeridas directamente por esa entidad. Las Estados Financieros Consolidados deberán presentarse a más tardar el 31 de mayo de 2022.
Las Sucursales de Sociedad Extranjera que NO ESTÉN OBLIGADAS a enviar información a la Superintendencia de Sociedades DEBEN DEPOSITAR sus estados financieros ante la Cámara de Comercio de su domicilio social.
En los casos de Situación de Control y/o Grupo Empresarial, es obligatorio hacer la inscripción en el registro mercantil de la situación respectiva, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la configuración de la situación de control o grupo.
Cumplido el requisito de inscripción del grupo empresarial, no será necesaria la inscripción de la situación de control. Toda modificación de la situación de control y/o del grupo empresarial también debe ser inscrita, dentro del término antes señalado.
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