Obligaciones Legales
de Laborales
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Sociedades Comerciales
SON 4 OBLIGACIONES PRINCIPALES:
1. Aumento del salario mínimo y salario mínimo integral
Todo empleador tiene la obligación de aumentar el salario mínimo y el salario mínimo integral. Es decir, a partir del 1º de enero de 2026, se deberá pagar a los trabajadores como mínimo, un salario de COP $1.750.905. Para aquellos trabajadores que devenguen salario integral, se les deberá pagar como mínimo, COP $22.761.765.
2. Pago de prestaciones sociales
Adicional salario mensual, excluyendo a los trabajadores que devenguen salario integral, los empleadores deben pagar las prestaciones sociales que establece la Ley.
2.1 Prestaciones económicas:
- Auxilio de Cesantía = 1 mes de salario por año de servicios. Debe liquidarse cada 31 de diciembre y consignarse en un fondo especial escogido por el trabajador antes del 15 de febrero del año siguiente.
- Intereses de Cesantía = 12% anual calculado sobre el valor de la cesantía. Debe pagarse al trabajador durante el mes de enero de cada año.
- Primas de Servicios = Cada semestre se pagan 15 días de salario. Fechas de pago junio 30 y diciembre 20.
2.2 Prestaciones en especie:
Dotación: 1 overol o vestido y un par de zapatos cada 4 meses a trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos al mes. Fechas de entrega abril 30, agosto 31 y diciembre 20. No se exige una calidad o valor determinado.
Auxilio de Transporte: Consiste en el pago de una suma de dinero fija mensualmente a trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos, que para el año 2026 es de COP $249.095.
3. Vacaciones
Cada año los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado. Es obligatorio que los trabajadores disfruten al menos de 6 días hábiles de vacaciones al año.
4.Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Después de implementar el SG-SST, los empleadores tienen obligaciones periódicas que deben cumplir.
- Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Comité de Convivencia Laboral: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Programa de capacitación anual de prevención del riesgo: Anualmente se debe capacitar al personal en los peligros a los que puedan verse expuestos en sus labores y las formas de controlar los riesgos.
- Plan anual de trabajo: El plan anual de trabajo se deberá ajustar todos los años con el fin actualizar las metas, responsabilidades, recursos, cronograma de actividades, entre otros.
- Evaluaciones médicas periódicas: Con el fin de realizar un constante seguimiento a los factores de riesgo a los que se enfrentan los trabajadores, se sugiere realizar una evaluación médica anual.
Sucursales de Sociedades Extranjeras
SON 4 OBLIGACIONES PRINCIPALES:
1. Aumento del salario mínimo y salario mínimo integral
Todo empleador tiene la obligación de aumentar el salario mínimo y el salario mínimo integral. Es decir, a partir del 1º de enero de 2026, se deberá pagar a los trabajadores como mínimo, un salario de COP $1.705.905. Para aquellos trabajadores que devenguen salario integral, se les deberá pagar como mínimo, COP $22.761.765.
2. Pago de prestaciones sociales
Adicional salario mensual, excluyendo a los trabajadores que devenguen salario integral, los empleadores deben pagar las prestaciones sociales que establece la Ley.
2.1 Prestaciones económicas:
- Auxilio de Cesantía = 1 mes de salario por año de servicios. Debe liquidarse cada 31 de diciembre y consignarse en un fondo especial escogido por el trabajador antes del 15 de febrero del año siguiente.
- Intereses de Cesantía = 12% anual calculado sobre el valor de la cesantía. Debe pagarse al trabajador durante el mes de enero de cada año.
- Primas de Servicios = Cada semestre se pagan 15 días de salario. Fechas de pago junio 30 y diciembre 20.
2.2 Prestaciones en especie:
Dotación: 1 overol o vestido y un par de zapatos cada 4 meses a trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos al mes. Fechas de entrega abril 30, agosto 31 y diciembre 20. No se exige una calidad o valor determinado.
Auxilio de Transporte: Consiste en el pago de una suma de dinero fija mensualmente a trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos, que para el año 2026 es de COP $249.095.
3. Vacaciones
Cada año los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado. Es obligatorio que los trabajadores disfruten al menos de 6 días hábiles de vacaciones al año.
4.Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Después de implementar el SG-SST, los empleadores tienen obligaciones periódicas que deben cumplir.
- Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Comité de Convivencia Laboral: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Programa de capacitación anual de prevención del riesgo: Anualmente se debe capacitar al personal en los peligros a los que puedan verse expuestos en sus labores y las formas de controlar los riesgos.
- Plan anual de trabajo: El plan anual de trabajo se deberá ajustar todos los años con el fin actualizar las metas, responsabilidades, recursos, cronograma de actividades, entre otros.
- Evaluaciones médicas periódicas: Con el fin de realizar un constante seguimiento a los factores de riesgo a los que se enfrentan los trabajadores, se sugiere realizar una evaluación médica anual.
Entidades Nacionales sin Ánimo de Lucro
SON 4 OBLIGACIONES PRINCIPALES:
1. Aumento del salario mínimo y salario mínimo integral
Todo empleador tiene la obligación de aumentar el salario mínimo y el salario mínimo integral. Es decir, a partir del 1º de enero de 2026, se deberá pagar a los trabajadores como mínimo, un salario de COP $1.705.905. Para aquellos trabajadores que devenguen salario integral, se les deberá pagar como mínimo, COP $22.761.765.
2. Pago de prestaciones sociales
Adicional salario mensual, excluyendo a los trabajadores que devenguen salario integral, los empleadores deben pagar las prestaciones sociales que establece la Ley.
2.1 Prestaciones económicas:
- Auxilio de Cesantía = 1 mes de salario por año de servicios. Debe liquidarse cada 31 de diciembre y consignarse en un fondo especial escogido por el trabajador antes del 15 de febrero del año siguiente.
- Intereses de Cesantía = 12% anual calculado sobre el valor de la cesantía. Debe pagarse al trabajador durante el mes de enero de cada año.
- Primas de Servicios = Cada semestre se pagan 15 días de salario. Fechas de pago junio 30 y diciembre 20.
2.2 Prestaciones en especie:
Dotación: 1 overol o vestido y un par de zapatos cada 4 meses a trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos al mes. Fechas de entrega abril 30, agosto 31 y diciembre 20. No se exige una calidad o valor determinado.
Auxilio de Transporte: Consiste en el pago de una suma de dinero fija mensualmente a trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos, que para el año 2026 es de COP $249.095.
3. Vacaciones
Cada año los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado. Es obligatorio que los trabajadores disfruten al menos de 6 días hábiles de vacaciones al año.
4.Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Después de implementar el SG-SST, los empleadores tienen obligaciones periódicas que deben cumplir.
- Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Comité de Convivencia Laboral: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Programa de capacitación anual de prevención del riesgo: Anualmente se debe capacitar al personal en los peligros a los que puedan verse expuestos en sus labores y las formas de controlar los riesgos.
- Plan anual de trabajo: El plan anual de trabajo se deberá ajustar todos los años con el fin actualizar las metas, responsabilidades, recursos, cronograma de actividades, entre otros.
- Evaluaciones médicas periódicas: Con el fin de realizar un constante seguimiento a los factores de riesgo a los que se enfrentan los trabajadores, se sugiere realizar una evaluación médica anual.
Entidades Extranjeras sin Ánimo de Lucro
Son 4 obligaciones principales:
1. Aumento del salario mínimo y salario mínimo integral
Todo empleador tiene la obligación de aumentar el salario mínimo y el salario mínimo integral. Es decir, a partir del 1º de enero de 2026, se deberá pagar a los trabajadores como mínimo, un salario de COP $1.705.905. Para aquellos trabajadores que devenguen salario integral, se les deberá pagar como mínimo, COP $22.761.765.
2. Pago de prestaciones sociales
Adicional salario mensual, excluyendo a los trabajadores que devenguen salario integral, los empleadores deben pagar las prestaciones sociales que establece la Ley.
2.1 Prestaciones económicas:
- Auxilio de Cesantía = 1 mes de salario por año de servicios. Debe liquidarse cada 31 de diciembre y consignarse en un fondo especial escogido por el trabajador antes del 15 de febrero del año siguiente.
- Intereses de Cesantía = 12% anual calculado sobre el valor de la cesantía. Debe pagarse al trabajador durante el mes de enero de cada año.
- Primas de Servicios = Cada semestre se pagan 15 días de salario. Fechas de pago junio 30 y diciembre 20.
2.2 Prestaciones en especie:
Dotación: 1 overol o vestido y un par de zapatos cada 4 meses a trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos al mes. Fechas de entrega abril 30, agosto 31 y diciembre 20. No se exige una calidad o valor determinado.
Auxilio de Transporte: Consiste en el pago de una suma de dinero fija mensualmente a trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos, que para el año 2026 es de COP $249.095.
3. Vacaciones
Cada año los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado. Es obligatorio que los trabajadores disfruten al menos de 6 días hábiles de vacaciones al año.
4.Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Después de implementar el SG-SST, los empleadores tienen obligaciones periódicas que deben cumplir.
- Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Comité de Convivencia Laboral: El Comité debe reunirse mensualmente.
- Programa de capacitación anual de prevención del riesgo: Anualmente se debe capacitar al personal en los peligros a los que puedan verse expuestos en sus labores y las formas de controlar los riesgos.
- Plan anual de trabajo: El plan anual de trabajo se deberá ajustar todos los años con el fin actualizar las metas, responsabilidades, recursos, cronograma de actividades, entre otros.
- Evaluaciones médicas periódicas: Con el fin de realizar un constante seguimiento a los factores de riesgo a los que se enfrentan los trabajadores, se sugiere realizar una evaluación médica anual.